ULTIMAS NOTICIAS

CLASIFICACION 1º VETERANOS PICARRAl 7 ptos- 2º LOS MITICOS-C.D. 7 ptos- 3º FRECUENCIA 100 6 ptos- 4º UNIVERSIDAD ZARAGOZA 6 ptos- 5º RIGEL-INSTALACIONES 6 Ptos- 6º SCM AUTOINDUSTRIAL 3 Ptos- 7º ABOGADOS-COL. 3 Ptos- 8º ARAGON-VETERANOS 3 Ptos- 9º EBRO-C.D. 1 ptso- 10º EL GANCHO C.F. 1 Ptos- 11º RANILLAS-AT. 0 Ptos

miércoles, 30 de septiembre de 2009

TIGRE, YA ENCONTRÉ LO PODRIDO EN DINAMARCA.


Soy el mejor, entre tu olfato y mi vista… Lástima que nos pongan tan lejos de la portería.

Federación Aragonesa de Fútbol. Comunicación pública de los Acuerdos del Subcomité de Competición y Disciplina Deportiva Territorial recaídos el 24-09-2009.

A la vista de la solicitud efectuada por el c. Bramundial & Codigel para anular la sanción impuesta a su jugador Don Miguel Arza Monasterio con fecha 14/05/09 basando su solicitud en la resolución del juzgado de instrucción n9 de fecha 7 de julio de dos mil nueve en la que se declara absuelto de la falta que se le imputaba al citado jugador se determina lo siguiente:

Examinada la sentencia aportada se comprueba que la misma considera probado que Don Miguel Arza Monasterio se dirigió hacia el árbitro y le cogió con ambas manos de los laterales de la zona abdominal ocasionándole una abrasión en dicha zona, y si bien la sentencia le absuelve del ilícito penal al considerar que no han quedado debidamente acreditadas las circunstancias en que se produce esta acción ello no significa la inexistencia de un ilícito de carácter deportivo y como tal sancionado en la resolución dictada por este subcomité con fecha 14/05/09 la cual se mantiene.

En el mismo orden de cosas y para general conocimiento se quiere recoger el contenido del artículo 5.1 del código disciplinario de la RFEF que dice así:

El régimen disciplinario deportivo es independiente de la responsabilidad civil o penal, así como del régimen derivado de las relaciones laborales, que se regirá por la legislación que en cada caso corresponda.

No hay comentarios:

Publicar un comentario